miércoles, 10 de mayo de 2017

CARTILLA LABORAL

CARTILLA LABORAL

El derecho laboral colombiano es el conjunto de principios, acciones y normas que regulan directa e indirectamente las relaciones entre empleadores y trabajadores, y de estos con el Estado con el objeto de garantizar los derechos fundamentales de los trabajadores y la protección del trabajo. Dando finalidad así con el código laboral colombiano.

Recordando que el derecho laboral colombiano regido por el CST en su artículo 1. Tiene como finalidad primordial lograr la justicia en las relaciones que surgen entre empleadores y trabajadores.
En algunos de sus principios hablan sobre la:
-          Irracionabilidad, que la por la cual ninguna persona puede renunciar a sus prestaciones sociales y demás requisitos exigidos por la ley para los trabajadores.
-          Mínimo vital, que es el cual todos los trabajadores tenemos derecho para tener una vida digna.
-          Capacitación, Adiestramiento y descanso, estos son también muy fundamentales tenerlos presente a la hora de firmar contrato, ya que al ingreso a la organización debemos por ley recibir capacitación de acorde al área, adiestramiento en el puesto especifico y por ende un descanso para tener más capacidad de producir.
-          Libertad de trabajo, en este principio se evidencia la libertad que tenemos todos los colombianos a la hora de escoger nuestro trabajo.
El contrato de trabajo es aquel por el cual una persona natural se obliga a prestar un servicio personal a otra persona natural o jurídica. Bajo la continuada dependencia o subordinación.
Si bien sabemos para que haya un contrato de trabajo, se requiere de tres elementos fundamentales los cuales son:
-          La actividad personal del trabajador.
-          La continuada subordinación o dependencia.
-          Un salario como retribución del servicio.
En los diferentes tipos de contratos colombianos hay:
-          Contrato a término indefinido, es por el cual el trabajador se vincula a la organización sin tener una fecha de terminación de este, puede ser verbal o escrito.
-          El contrato a término fijo, como la frase lo dice son fijo a un tiempo determinado sin exceder los 3 años.
-          El contrato por duración de obra, es aquel por el cual la organización contrata un servicio determinado el cual no es necesario tenerlo siempre.

Los periodos de prueba pueden variar según la organización, pero sin exceder lo permitido por la ley el cual es un máximo de dos meses.
Las jornadas tienen unas tarifas o porcentajes dependiendo del tipo o si es extra. Por ejemplo las diurnas que son 8 horas las cuales están estipuladas a partir de las 6 am hasta las 10 pm, este valor dependerá del salario que esté recibiendo el empleado, el porcentaje de las nocturnas son del 35% las cuales están estipuladas desde las 10 pm hasta las 6 am siguiente día, luego siguen las horas festiva diurnas y nocturnas, extras y extras festivas todas estas siguiendo las normas establecidas con sus porcentajes establecidos por el código sustantivo del trabajo.
Todos los trabajadores tenemos derecho a que se nos paguen las prestaciones sociales, nos den una prima de servicios, cesantías al igual que sus intereses, auxilio de transporte, vacaciones y también pagar o aportar unos para-fiscales.

Las deducciones que se deban hacer al trabajador son directamente efectuadas por la empresa el cual llega explicado todo en la colilla o recibo de pago.
Cuando el trabajador tiene una incapacidad menor a tres días, debe ser tramitada o cancelada directamente por el empleador pero si esta excede ese plazo el trabajador debe dirigirse a la EPS para hacer sus respectivas reclamaciones.


No hay comentarios:

Publicar un comentario